Departamento de Gestión de Recursos Humanos de Virginia

Ley de Libertad de Información (FOIA)

La Ley de Libertad de Información de Virginia (FOIA), ubicada en § 2.2-3700 et. del Código de Virginia, garantiza a los ciudadanos de la Commonwealth y a los representantes de los medios de comunicación el acceso a los registros públicos en poder de organismos públicos, funcionarios públicos y empleados públicos.

Un registro público es cualquier escrito o grabación, independientemente de si se trata de un registro en papel, un archivo electrónico, una grabación de audio o video, o cualquier otro formato, que esté preparado o sea propiedad de, o esté en posesión de un organismo público o sus funcionarios, empleados o agentes en la transacción de negocios públicos. Se presume que todos los registros públicos están abiertos y solo pueden ser retenidos si se aplica una exención legal específica.

La política de la FOIA establece que el propósito de la FOIA es fomentar el conocimiento de todas las personas sobre las actividades gubernamentales. Para promover esta política, la FOIA requiere que la ley se interprete de manera liberal para favorecer el acceso y que cualquier exención que permita denegar el uso de los registros públicos se interprete de forma limitada.

Sus derechos en virtud de la FOIA

  • Usted tiene derecho a solicitar inspeccionar recibir copias de los registros públicos, o ambos.
  • Tiene derecho a solicitar que los cargos por los registros solicitados se estimen por adelantado.
  • Si considera que se han infringido sus derechos en virtud de la FOIA, puede presentar una petición en un tribunal distrital o de circuito para que se cumpla lo estipulado en la FOIA.

Hacer una solicitud de registros del Departamento de Gestión de Recursos Humanos

  • Puede solicitar registros por correo postal, fax, correo electrónico, en persona o por teléfono. La FOIA no requiere que su solicitud se presente por escrito ni que declare específicamente que solicita registros a la FOIA.
    • Por motivos prácticos, podría resultar útil, tanto para usted como para quien recibe su solicitud, que la presente por escrito. Así también se crea un registro de su solicitud, nos indica claramente qué registros quiere solicitar y se evitan los posibles malentendidos propios de las solicitudes verbales. Sin embargo, no podemos negarnos a responder a su solicitud a la FOIA si decide no hacerla por escrito.
  • Su solicitud debe identificar los registros que está buscando con "especificidad razonable". Este es un estándar de sentido común. No se refiere ni limita el volumen o la cantidad de registros que está aplicar; en cambio, requiere que sea lo suficientemente específico para que podamos identificar y localizar los registros que está buscando.
  • Su solicitud debe solicitar registros o documentos existentes. La FOIA le otorga el derecho de inspeccionar o copiar registros ; no se aplica a una situación en la que se hacen preguntas generales sobre el trabajo del Departamento de Gestión de Recursos Humanos, ni requiere que el Departamento de Gestión de Recursos Humanos cree un registro que no existe.
  • Puede optar por recibir registros electrónicos en cualquier formato utilizado por el Departamento de Gestión de Recursos Humanos en el curso regular de los negocios.
    • Por ejemplo, si está solicitando registros mantenidos en una base de datos de Excel, puede optar por recibir esos registros electrónicamente, por correo electrónico o en un disco de computadora, o recibir una copia impresa de esos registros
  • Si tenemos preguntas sobre su solicitud, coopere con los esfuerzos del personal para aclarar el tipo de registros que está buscando, o para intentar llegar a un acuerdo razonable sobre una respuesta a una solicitud grande. Hacer una solicitud de FOIA no es un proceso contradictorio, pero es posible que necesitemos discutir su solicitud con usted para asegurarnos de que entendemos qué registros está buscando.

Para solicitar registros del Departamento de Gestión de Recursos Humanos, puede dirigir su solicitud a Mecca Hall a:

También puede comunicarse con nosotros si tiene preguntas sobre la solicitud de registros del Departamento de Administración de Recursos Humanos. Además, el Consejo Asesor de Libertad de Información está disponible para responder cualquier pregunta que pueda tener sobre la FOIA. El Consejo puede ser contactado por correo electrónico a: foiacouncil@dls.virginia.gov, o por teléfono al (804) 225-3056 o [línea gratuita] 1-866-448-4100.  Para comentar sobre la respuesta del Departamento de Gestión de Recursos Humanos a las solicitudes de FOIA, complete un Formulario de Comentarios Públicos.

Responsabilidades del Departamento de Gestión de Recursos Humanos en la respuesta a su solicitud

  • El Departamento de Gestión de Recursos Humanos deberá dar respuesta a su solicitud dentro de los cinco días hábiles siguientes a su recepción. El "primer día" se considera el día después de recibir su solicitud. El período de cinco días no incluye fines de semana ni días festivos.
  • La razón detrás de su solicitud de registros públicos del Departamento de Gestión de Recursos Humanos es irrelevante, y no podemos preguntarle por qué desea los registros antes de responder a su solicitud. Sin embargo, la FOIA permite que el Departamento de Gestión de Recursos Humanos le pida que proporcione su nombre y dirección legal.
  • La FOIA requiere que el Departamento de Administración de Recursos Humanos dé una de las siguientes respuestas a su solicitud dentro del período de cinco días:
    Le proporcionamos los registros que ha solicitado en su totalidad
    Retenemos todos los registros que ha solicitado, porque todos los registros están sujetos a una exención legal específica. Si todos los registros están siendo retenidos, debemos enviarle una respuesta por escrito. Ese escrito debe identificar el volumen y el tema de los registros que se retienen, e indicar la sección específica del Código de Virginia que nos permite retener los registros.
  • Entregarle algunos de los registros que ha solicitado y denegarle el acceso a otros. No podemos denegarle el acceso a un registro completo si solo una parte está sujeta a exenciones. En ese caso, podemos ocultar la parte cuyo acceso está denegado y facilitarle el resto del registro. Debemos entregarle una respuesta por escrito que indique la sección específica del Código de Virginia que permite que no se proporcionen partes de los documentos solicitados.
  • Si fuera prácticamente imposible que el Departamento de Gestión de Recursos Humanos respondiera a su solicitud en el plazo de cinco días, debemos hacerlo constar por escrito, explicando las condiciones que imposibilitan la respuesta. Esto nos permitirá siete días hábiles adicionales para responder a su solicitud, lo que nos dará un total de 12 días hábiles para responder a su solicitud.
  • Si usted hace una solicitud de una gran cantidad de registros, y creemos que no podemos proporcionarle los registros dentro de 12 días sin interrumpir nuestras otras responsabilidades organizacionales, podemos solicitar al tribunal tiempo adicional para responder a su solicitud. Sin embargo, la FOIA requiere que hagamos un esfuerzo razonable para llegar a un acuerdo con usted con respecto a la producción o los registros antes de que vayamos a la corte para solicitar más tiempo.

Costos

  • Es posible que tenga que pagar por los registros que solicite al Departamento de Administración de Recursos Humanos. La FOIA nos permite cobrar los costos reales de responder a las solicitudes de la FOIA. Esto incluiría elementos como el tiempo que el personal dedica a buscar los registros solicitados, los costos de copia o cualquier otro costo directamente relacionado con el suministro de los registros solicitados. No puede incluir los gastos generales generales.
  • Si estimamos que costará más de $200 responder a su solicitud, podemos pedirle que pague un depósito, que no excederá el monto de la estimación, antes de proceder con la solicitud. Los cinco días que tenemos para atender a su solicitud no incluyen el tiempo transcurrido entre nuestra petición de un depósito y su respuesta.
  • Puede pedir que estimemos por adelantado los costos por proporcionar los registros solicitados. De esta manera, podrá saber el precio por adelantado y tendrá la oportunidad de modificar su solicitud para intentar reducir los costos estimados.
  • Si nos debe dinero de una solicitud FOIA anterior que ha permanecido sin pagar durante más de 30 días, el Departamento de Administración de Recursos Humanos puede requerir el pago de la factura vencida antes de responder a su nueva solicitud FOIA.
  • Consulte la Política de tarifas de la FOIA del DHRM.

Exenciones de uso común

El Código de Virginia permite a cualquier organismo público retener ciertos registros de la divulgación pública. el Departamento de Gestión de Recursos Humanos comúnmente retiene registros sujetos a las siguientes exenciones:

  • Registros de personal (§ 2.2-3705.1 (1) del Código de Virginia)
  • Registros sujetos al privilegio abogado-cliente (§ 2.2-3705.1 (2)) o producto del trabajo del abogado (§ 2.2-3705.1 (3))
  • Información de propiedad exclusiva del proveedor (§ 2.2-3705.1 (6))
  • Registros relacionados con la negociación y adjudicación de un contrato, antes de la adjudicación de un contrato (§ 2.2-3705.1 (12))
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